La potencia contratada

Entre las diferentes opciones de contratación el usuario puede elegir cuanta potencia contratar. La potencia contratada determina la cantidad de electricidad que podrá consumir el usuario de forma simultánea en su vivienda, de modo que si supera esta cantidad se producirá el corte en el cuadro eléctrico, si se cuenta con ICP eléctrico, o en el contador, si se cuenta con ICP digital. El corte se produce para impedir que el usuario acceda a una potencia mayor a la contratada, pudiéndose reestablecer el suministro desconectando algunos elementos que estén consumiendo electricidad y reconectando el ICP en el cuadro eléctrico o rearmando el contador digital.

Existen las siguientes potencias a contratar posibles, en función del voltaje de la instalación y si es monofásica o trifásica. Esta  información está disponible siempre en el boletín eléctrico:
 
 
Fuente: Iberdrola.es
 
¿Cómo escoger la potencia contratada?
 
Deben tenerse en cuenta los siguientes factores a la hora de decidir qué potencia eléctrica es necesaria contratar en nuestra vivienda:
 
1. Presencia de equipos electrónicos que demandan electricidad y que deban funcionar de forma simultánea. Todos los equipos e instalaciones conectadas a la red eléctrica en nuestra vivienda requieren de una potencia de funcionamiento y que viene indicada en su embalaje y manual de utilización. Contra mayor potencia demande un equipo, mayor será su consumo, de modo que si un equipo requiere 1kW de potencia para funcionar, realizará un consumo de 1kWh cada hora de funcionamiento. Algunos equipos, como hornos o lavadoras, requieren de una elevada potencia para funcionar, por lo que el uso simultáneo de varios equipos puede provocar el corte como se indicó más arriba, si se ha contratado una potencia inferior. Al contrario, si se evita la utilización de equipos de alto consumo de forma simultánea, se podrá ajustar más la potencia contratada, al requerir una menor potencia de forma simultánea. A continuación se muestra una orientación de cuánta potencia requieren generalmente las instalaciones más comunes de una vivienda:
 
 
Fuente: Bajatelapotencia.com
 
2. Mercado en el que se desea contratar la electricidad. Debe tenerse en cuenta que solo pueden contratar en el mercado regulado (PVPC) aquellos contratos menores a 10kW de potencia, si bien es poco habitual que una vivienda requiera una potencia superior a la indicada.
 
3. Bono Social. El bono social se aplica de forma automática en aquellos contratos del mercado regulado inferiores a 3kW de potencia contratada, siendo una alternativa para aquellos hogares que requieran esta ayuda al pago de la factura, no cumplan otros requisitos y puedan adaptar su consumo eléctrico a una potencia inferior.

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